Adjunto enviamos los archivos de la nota y las respuestas presentadas al Gobierno de la Provincia, en virtud de la invitación cursada con la firma de la Secretaria General, del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación y Servicios Públicos, Dra. Lucila Haidar. Mediante la misma convocaba a una reunión en el día de la fecha a la hora 17,00 en Casa de Gobierno, en la oportunidad se tratarían temas vinculados con comedores escolares y problemas edilicios del Departamento Paraná.
Atentamente.
COMISION DIRECTIVA CENTRAL
AGMER
COMEDORES ESCOLARES
El día 18 de mayo de 2009, nos reunimos con el Director de Comedores Escolares, Sr. Miguel Barboza, y nos proporcionó la siguiente información.
- Presupuesto: El del 2009 es el mismo que el del año anterior, 32 millones para comedores escolares, infantiles y ancianos.
Hoy la ración es de $1.50 para comedores escolares y de $0.60 de RAN (refuerzo alimentario nacional) con presupuesto anual de 12 millones.
Comedores | Cant. de Comedores | Beneficiarios | Monto |
Escolares | 985 | 84.906 | 2.492.380,63 |
Infantiles | 432 | 42.710 | 884.640,30 |
Ancianos | 47 | 1.602 | 149.498,70 |
may-09 |
RAN (copa de leche)
Comedores | Cant. de Comedores | Beneficiarios | Monto |
Escolares | 15.727 | 132.985 | 1.666.984,00 |
Infantiles | 18 | 1.964 | 24.820,00 |
abr-09 |
- Matrícula: a pesar de ser creciente y de que las escuelas cuenten con listas de espera, no hay autorización de incrementarlas.
- Mobiliario/equipamiento: reconocen que es insuficiente y que esta retrasado
2006 – fue la última partida de mayor inversión no por eso suficiente (cocinas,
hornos, freezer, heladeras, mecheros para 100 escuelas)
- no salió nada
- hubo poca inversión de no más de $160.000 (100 cocinas, las que se están entregando a cuentagotas en estos meses).
- Situación Cocineras: No hay autorización de cargos ni contratos. Pasarían en estos días 403 suplentes a planta permanente de un total de 620. Con este pase hay más de 1000 cocineros en planta permanente. En general no hay normativa que contemple los derechos laborales.
- Capacitación: Comenzaría en los próximos meses a través del ICAB (Instituto capacitación Bromatología) en coordinación con Subsecretaría Políticas Alimentarias y la Dirección de Trabajo.
- Rol de los coordinadores: son nombrados, en general, por legisladores departamentales con categoría 10 – con un salario de $1300. Tienen una función administrativa, no los contempla la normativa. Hoy son empleados administrativos, hay uno por departamento. En el caso de Paraná y en el caso de Concordia hay cinco (5) supervisores.
Además, tenemos conocimiento a partir de reclamos de directivos de escuelas de diferentes departamentos de la provincia, confirmado por la Dirección de Comedores Escolares y por autoridades de SIDECREER, que hay demora de hasta 3 meses en la entrega de la tarjeta a los responsables de la escuela, por lo cual para que siga funcionando el comedor, deben pedir fiado a almaceneros, verduleros y carniceros, hasta que se las otorgan, porque el hambre de los niños no puede esperar.
La situación es grave, ya que la realidad cotidiana muestra que muchos de nuestros niños y jóvenes en la primera etapa de la adolescencia, cuyas familias no acceden la la canasta básica de alimentos, no pueden satisfacer los requerimientos en proteínas, vitaminas y energía para su pleno desarrollo.
El cerebro, para desarrollar eficientemente sus funciones (entre otras, pensamiento, inteligencia, sensaciones, memoria, imaginación y aprendizaje), necesita básicamente dos moléculas: oxígeno y glucosa.
Esta última constituye el más abundante -y fisiológicamente más importante- de los monosacáridos o azúcares simples (hidratos de carbono), siendo la única fuente de energía en el sistema nervioso.
En cuanto a su evolución, el cerebro presenta una marcada aceleración de su crecimiento en el último trimestre del embarazo y hasta casi los 2 años de edad, por lo que es imprescindible otorgarle una correcta nutrición que le permita al niño desplegar su máximo potencial tanto en términos de estructura (crecimiento), como de función (desarrollo). Podemos reflexionar entonces que un individuo puede alcanzar un nivel óptimo de su talento natural sólo si acompaña su crecimiento y su aprendizaje con una alimentación correcta y eficiente.
Contrario a la situación anteriormente planteada, y en la que además habitualmente está presente la desnutrición, pueden observarse rasgos como: atención disminuída, escaso rendimiento escolar, apatía, irritabilidad, atraso en la adquisición del lenguaje, mayor torpeza y timidez. Estas observaciones, sumadas al atraso curricular y al retardo en la maduración psicofísica, son síntomas que en los niños pueden sugerir carencias de principios nutritivos, vitaminas, minerales y/u oligoelementos.
Un ejemplo concreto es la insuficiencia de hierro en el cerebro, que determina fallas en la capacidad intelectual, con características definitivas, ya que este mineral puede solamente ingresar al cerebro mientras está en proceso de formación, causando daños irreparables en sus estructuras cognoscitivas.
Un segundo mineral para destacar es el Iodo, el cual resulta indispensable para la elaboración de las hormonas tiroideas. Éstas constituyen un elemento esencial para el desarrollo normal de las personas, provocando su deficiencia la disminución del coeficiente intelectual.
La carencia de un tercer mineral, el Zinc, puede aparejar entre otros síntomas la alteración de la conducta, manifestada mayoritariamente como apatía.
La carencia de Tiamina (una vitamina del grupo B) tiene entre sus síntomas confusión, apatía, desorientación, pérdida de atención y concentración.
La alimentación adecuada, armónica, completa y suficiente constituye un factor condicionante y enmarcatorio en este proceso de contínuo cambio y adaptación que ocurre en cada uno de nosotros, cuya desatención puede provocar no sólo dificultades en lo biológico sino también en lo social y en lo económico.
Dieta Balanceada:
Todos los alimentos poseen diferentes niveles de nutrientes, pero ningún alimento proporciona por sí solo todos los minerales y las vitaminas que el organismo necesita, en las cantidades requeridas.
Para conservar la salud y el buen funcionamineto de nuestro organismo, necesitamos 13 vitaminas y 16 minerales, así como grasas, hidratos de carbono y proteínas, más agua.
Cuando los niños están en edad escolar necesitan mayor aporte de energía.
¿Cómo garantiza el Estado una alimentación balanceada con $1,50 por ración?
El Estado asegura a todos los habitantes el derecho a la alimentación, así como un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia en situaciones de falta de empleo regular, inestabilidad económica, social o catástrofes que coloquen al afectado en situación de desamparo.
Un ente público con participación ciudadana tendrá a su cargo la efectivización de este derecho.
Art. 24º constitución de la Provincia de Entre Ríos
Septiembre de 2008
Comisión Directiva Central de AGMER
Las carencias y demandas de las escuelas entrerrianas al gobierno de la provincia no son desconocidas por los funcionarios responsables de las diferentes áreas de gobierno. Obran en el CGE infinidad de solicitudes y expedientes, además de la Planilla de Organización –que se envía todos los años- donde constan todas las necesidades de cada una de ellas. Asimismo, la Dirección de Planeamiento del CGE ha hecho un exhaustivo relevamiento de necesidad de refacciones de edificios y nuevas construcciones así como de mobiliario, para dar respuesta a los miles de niños y jóvenes fuera del sistema educativo y en cumplimiento de la nueva Ley de Educación respecto a la obligatoriedad.
El marco que el gobierno le debe dar a la respuesta es la legislación vigente, que no ha sido sancionada por los trabajadores y que, en un Estado de Derecho con plena vigencia de la Ley, los funcionarios deben ser los primeros en cumplir. Poner en una mesa de negociación los problemas de infraestructura, sin la inversión necesaria, es inadmisible ya que equivaldría a preguntarnos qué artículos de la Ley queremos hacer cumplir.
Cuando hablamos de condiciones laborales dentro del ámbito de la escuela pública –que involucra a todos sus actores- debemos remitirnos a Ley Nacional de Seguridad e Higiene Nº 19.587 y el Decreto Reglamentario Nº 351. Esta trata acerca de la medicina, higiene y seguridad en el trabajo con el objeto de promover y mantener la salud de los trabajadores tanto en el ámbito privado como en el público.
Algunos de sus artículos, expresan:
- Art. 1º) Todo establecimiento que se instale en el territorio de la República, que amplíe o modifique sus instalaciones, dará cumplimiento a la ley Nº 19.587 y las reglamentaciones que al respeto se dicten.
- Art.3º) (...) los que administren el establecimiento, asumen las responsabilidades y obligaciones de la ley.
- Art. 4º.- La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por objeto:
a) proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores;
b) prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo;
c) estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.
- Art. 34) El servicio de Higiene y Seguridad en el trabajo tiene como misión fundamental, determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo y el más alto nivel de seguridad.
¿Quién es el responsable?
Las actividades que se desarrollan en las escuelas involucran la participación de un número importante de actores: alumnos, personal directivo, docente, administrativo, de maestranza, cocineros. Cientos de personas concurren diariamente al establecimiento cuyo propietario resulta, en principio, responsable de la seguridad de todas ellas. Esta situación se torna aun más delicada cuando se trata de cuestiones que involucran a menores de edad.
En un Estado de Derecho, la ley debe ser cumplida por todos, en especial por los funcionarios. El Estado no podrá ampararse en el Art. 514 del Código Civil -Caso fortuito es el que no ha podido preverse, o que previsto, no ha podido evitarse- ya que las escuelas permanentemente informan la situación y sus necesidades de reparación. Mientras el Art. 902 del C.C. establece “Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos”, por lo que ninguna autoridad educativa nacional o provincial podrá desconocer y aplicar.
“Los hechos y las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, por no cumplir sino de una manera irregular las obligaciones legales que les están impuestas, son comprendidos en las disposiciones de este título”. (Art. 1112 C.C.).
Tanto la seguridad e higiene en el trabajo, como las medidas de seguridad son responsabilidad de la patronal-propietaria como lo respalda toda la legislación citada precedentemente y la abundante jurisprudencia que hay en todas las provincias y la Nación.
La tragedia de Cromañon movilizó a toda una sociedad que, en muchos casos, naturaliza la desidia del Estado.
La brecha que congela a las escuelas para pobres como escuelas pobres, con crisis de todo tipo, y con problemas edilicios, desnuda crudamente a un Estado que, por lo menos, en los últimos 30 años ha estado ausente -desresponsabilizado de sus obligaciones constitucionales-, hecho que fue reconocido por el funcionario de Arquitectura, Federik, en la audiencia con el gobernador del día 15 de abril al expresar “Acá hay 30 años de desinversión”.
Un Estado que es contralor de la seguridad en el sector privado, debe asumir la responsabilidad que le compete en las dependencias del sector público, respetando las normativas vigentes y no cargar sobre las espaldas de los directivos, docentes y padres todas las responsabilidades.
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