No confundirse y no caer en la trampa. "Pagar sólo días trabajados" no significa legal y automáticamente "descontar por día de paro". No se puede ordenar descuento ni hacerlo a un día de huelga, porque es un derecho constitucional de los trabajadores.
Los propios funcionarios se cuidan en el vocabulario legal que utilizan, e igualmente caen en la contradicción. Una cosa es el discurso legal (que dice "pago sólo día trabajado") y otra el discurso político y periodístico (tramposo: "te descontamos entonces por hacer paro"). Son dos cosas distintas, y hay que remarcarlo.
Los directivos no están obligados legalmente a ser informantes de luchas en las que también se juega su salario, el impuesto a las ganancias y tantas otras cosas. Los directivos no están obligados a ser Gerardo Martínez.
Legalmente sólo pueden pasar porcentajes de adherentes a la huelga. Nadie les hará nada porque nadie les puede hacer nada y nadie hizo nunca nada a los que han respetado, como trabajadores docentes, los derechos de sus compañeros docentes.
Paro, Movilización, y sólo porcentajes. Unidad en la lucha para avanzar en serio.
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